Les comentamos que en el día de hoy se publicó en el BO la Disposición 58/2021 que viene a establecer una prórroga al plazo original de ratificación para la adhesión a la LEC de las empresas que provienen de LPS.
Los beneficiarios del Régimen de Promoción de la Industria del Software de la Ley N° 25.922 tienen que ratificar su adhesión a la Ley de La Economia del Conocimiento, siempre y cuando hayan sido notificados por la Dirección Nacional de encontrarse en curso normal de sus obligaciones promocionales.
Existen diferentes plazos para acreditar la ratificación, a saber:
- Empresas que han sido notificadas con una providencia más un informe técnico que indique que se encuentra en normal cumplimiento antes del 18/02/2021
- Empresas que han sido notificadas con una providencia más un informe técnico que indique que se encuentra en normal cumplimiento después del 18/02/2021
- Empresas que han sido notificadas con una providencia más un informe técnico que indique que NO se encuentra en normal cumplimiento, pero que se ha presentado posteriormente una nota allanando al ajuste propuesto.
- Empresas que al día de la fecha aún no han sido notificadas con una providencia más un informe técnico que indique que se encuentran o no en normal cumplimiento
La Disposición 11/2021 (BO del 18/02/2021) en su ART 19, disponía un plazo máximo de treinta (30) días desde la entrada en vigencia de dicha Disposición, por lo que el vencimiento para la ratificación y el envío de la información operaba técnicamente hoy 06/04/2021.
Hoy, 06/04/2021 se ha publicado en el BO la disposición 58/21 (SEC), que dispone una prórroga de 30 días hábiles administrativos al plazo establecido en el Art. 19 de la Disp. 11/21. Es decir, el nuevo plazo operará de la siguiente manera:
Caso 1 | Caso 2 | Caso 3 | Caso 4 |
VTO 18/05/2021 | 30 días hábiles desde la fecha de notificación | 30 días hábiles desde la fecha de presentación de la nota x TAD | 30 días hábiles desde la fecha de recepción de la providencia |
El quipo de LeydeConocimiento.org.ar
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