El pasado jueves 18/02/21 salió la última reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento. Solo resta que se encuentre operativo el sistema de AFIP para que las empresas alcanzadas por la ley puedan comenzar dicha inscripción.
Es por ello que consideramos de gran importancia recordarles los beneficios a los cuales tendrán acceso aquellas empresas que logren estar dentro del régimen de promoción. Éstos son los siguientes:
- Estabilidad fiscal.
- Bono crédito fiscal equivalente al 70% de lo abonado en contribuciones patronales.
- Incentivo adicional, es decir, el bono se incrementará a un 80% si se incorporan nuevos empleados tales como mujeres; travestis, transexuales y transgénero, hayan o no rectificado sus datos; personas con discapacidad; entre otros.
- Reducción del impuesto a las ganancias.
- La no retención y percepción en IVA a los sujetos que realicen exportaciones.
- Derechos de exportación a tasa 0%.
- Deducción de los impuestos análogos a IG retenidos o pagados en el exterior.
Esperamos que dicha información les sea de gran utilidad y estamos a disposición si precisan coordinar reunión para hablar más en profundidad sobre la inscripción, documentación y procesos necesarios para aplicar a la Ley.
Equipo de Leydeconocimiento.org.ar
Buenas tardes.
Consulta desde la pagina de AFIP se encuentra el servicio «Regimen de Promocion de la Economia del Conocimiento» cuando se desea ingresar queda en blanco.
Este servicio es el correcto para la inscripción?
Es un problema de la pagina o falta su reglamentación?
En TAD esta el servicios «Solicitud de Inscripción al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento» cuando se quiere ingresar sale un cartel que dice » Usted no se encuentra habilitado para realizar este tramite».
El servicio esta operativo? Porque puede salir ese error?
Desde ya muchas gracias
Saludos