Se crea un programa con créditos a tasa subsidiada y/o aportes no reintegrables.
Para acceder a estos beneficios los proyectos financiados deberán promover la creación de nuevos prototipos, productos y/o servicios destinados tanto al mercado local como al internacional, así como la modificación de procesos productivos y/o logísticos, la generación de plataformas tecnológicas, entre otras finalidades.
Señalamos, entre otros aspectos, que la autoridad de Aplicación designada es la Subsecretaría de Economía del Conocimiento.
Esta norma resulta de aplicación desde el 1° de junio de 2021.
Link a la Resolución:
Resolución 309/2021 de la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento
y Gestión Comercial Externa.
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